06.02.02 |
ACUERDO
SOBRE PENSIONES GOBIERNO-CC.OO. |
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La
mejora de las pensiones mínimas, tal como se está
esgrimiendo por parte de los firmantes del denominado Acuerdo
de Pensiones, recordemos firmado por el Gobierno de la Nación,
CC.OO. y la Patronal, el pasado 9 de abril de 2001, está
generando falsas expectativas entre los pensionistas,
fundamentalmente en aquellos beneficiarios de pensiones mínimas
de viudedad. El
citado Acuerdo - no firmado por UGT -, no reúne las
cualidades que con tanta complacencia, cuando no nulo rigor,
están vendiendo mediáticamente. De ahí que para la UGT de
La Rioja ha llegado el momento de aclarar y comentar algunas
consecuencias que afectan a pensionistas, trabajadores en
activo y/o en expectativa de jubilación: En
primer lugar, las mejoras en las pensiones no se mueven un
ápice de los compromisos electorales del PP. Más que de
un Acuerdo o negociación habría que hablar, por tanto, de
asentimiento de la CEOE y de CC.OO. En
segundo lugar, porque ya desde el mes de julio de 2001 el
Gobierno del Sr. Aznar ha venido manifestando reiteradamente
que en el presupuesto general del Estado para el 2002 se
mejorarían las pensiones. Por cierto, las mejoras
se introducen en el último instante como enmienda y en el
Senado. En
tercer lugar, las supuestas mejoras que se ponen en marcha el
presente año, ni afectan a tantos millones de ciudadanos,
ni son equilibradas, ni tampoco suponen mejoras
significativas para los pensionistas en peor situación. Consiguientemente
podemos afirmar que: 1º.- El número de beneficiarios a los que se refieren esas mejoras no son 4 millones sino 2.795.000, es decir, 2.100.000 de viudedad, 338.300 del SOVI, 256.000 de orfandad y 101.130 pensionistas de jubilación e incapacidad de menos de 65 años. En
el caso de La Rioja afectaría a 14.280 de viudedad 4.018 de
SOVI, 1.476 de orfandad y 5.759 pensionistas de jubilación e
incapacidad menores de 65 años. 2º.- Las mejoras en las cuantías de las pensiones mínimas del nivel contributivo por encima del IPC para el próximo año (entre 1,5 y 0,5 puntos) sólo beneficiarán a 547.000 pensionistas, lo que supone que los 2.200.000 pensionistas en mínimos restantes (los mayores de 65 años y los huérfanos) no verán mejorada su capacidad adquisitiva. Pero es que, además, estamos hablando de unas mejoras que de media suponen 449 ptas. mes para ese reducido colectivo. Para el colectivo de los pensionistas SOVI tanta solidaria mejora se concreta en 1,32 euros mes (220 ptas.). Para
La Rioja el número de pensionistas del SOVI es de 4.018. 3º.- Tampoco mejorarán su capacidad adquisitiva los más de 470.000 perceptores de las pensiones mínimas en la modalidad no contributiva cuya cuantía para 2002 está fijada en 42.750 ptas. (256,93 euros). Los
riojanos afectados por esta modalidad son 2.310. 4º.-
La mejora con carácter
general en 2002 de las pensiones de viudedad, al pasar del 45
al 46% de la base reguladora sólo beneficiará a aquellas
pensiones con una base superior a 140.000 ptas. (las que
cobran más de 63.000 ptas. al mes). Es decir, a una
insignificante minoría, pues en el caso de aquellas con
una base menor las mejoras serán absorbidas por los mínimos.
Dicho de otra manera, a prácticamente el 75% de las
pensiones más bajas de viudedad esa modificación no le
supone ni una peseta. Sin embargo, para una pensión de, por
ejemplo, 135.000 ptas. la elevación le supone una mejora
mensual de 3.000 ptas. mes, 42.000 ptas. año. 5º.- De igual forma ocurre con las mejoras de las pensiones de viudedad con cargas familiares, y sin otras rentas, al pasar del 45 al 70% de la base reguladora, pues sólo beneficiará a aquellas pensiones con una base superior a 81.000 o 90.000 ptas. mes, dependiendo de la edad del pensionista. En esta situación, la Administración tampoco aporta ni un solo dato sobre los posibles beneficiarios, pero se puede arriesgar una cifra no superior a 20.000 a nivel nacional sin que se nos hayan facilitado datos de La Rioja. Volviendo al ejemplo anterior, una viuda con cargas familiares y una base reguladora de, por ejemplo, 82.00 ptas. (que da lugar a una pensión de 36.900 que se complementa con 19.927 ptas. para alcanzar el mínimo establecido de 56.827 ptas. en 2002) la elevación al 70% le supone pasar a percibir una pensión de 57.400, 573 ptas. más al mes, 8.000 al año. Sin embargo, para una bese reguladora de 300.000 pesetas, la elevación le supone una mejora mensual de 75.000 ptas., 1 millón 50 mil ptas. más al año. ¿Dónde
está el equilibrio y la solidaridad? Asimismo,
según nuestras estimaciones, la ampliación en un año del límite
para percibir la pensión de orfandad, no beneficiará ni a
20.000 huérfanos sobre un colectivo de más de 250.000. UGT
critica este acuerdo por insuficiente e insolidario, máxime
cuando el Gobierno destinará, en el 2002, más del doble del
importe de las mejoras en pensiones a reducciones y
bonificaciones en las cuotas empresariales. En resumen, no sólo
no se mejora la situación de los colectivos "con
problemas de marginación social y exceso de
dependencia" sino que quienes mejor parados salen
son los perceptores de pensiones de viudedad con cuantías más
altas y los empresarios. UGT
tiene una larga trayectoria negociadora, desde la
transición democrática, con este y otros gobiernos y jamás
los desacuerdos han tenido motivaciones ajenas a los propios
contenidos de las materias a negociar. Nuestro rechazo al
Acuerdo de pensiones del pasado 9 de abril está
suficientemente justificado y argumentado y cada día que
pasa esos argumentos se refuerzan más. Hasta
ahora hemos visto la parte más amable del Acuerdo, la mejora
de algunas pensiones, pero nos aguardan con carácter
inmediato reformas regresivas en los derechos de los
trabajadores de enorme calado, como las siguientes: 1)
la extinción de la prestación de Incapacidad Temporal
cuando el trabajador no acuda a los reconocimientos médicos
ordenados por los facultativos del INSS o de las Mutuas de
Accidentes, cuando esta posibilidad sólo debiera ser
ejercida por los facultativos del Sistema Nacional de Salud;
2) la reducción de la protección por desempleo cuando
el trabajador provenga de una situación previa de
Incapacidad Temporal; 3) la limitación del anticipo de las
prestaciones que le correspondan al trabajador a 2,5 veces el
importe del salario mínimo - hasta ahora era al 100% -
cuando el responsable de las prestaciones es el empresario
incumplidor de la normativa de Seguridad Social. Además
de estas regresivas reformas, el Acuerdo de 9 abril
fue rechazado por UGT porque ni resolvía el grave
problema de los trabajadores prejubilados de las pequeñas
empresas ni el de la jubilación anticipada. Por
cierto, tenemos que decir a CC.OO. de La Rioja que: aceptar
y popularizar por parte de ellos el que se generaliza el
derecho a la jubilación anticipada es mentir a los
trabajadores. La verdad es la siguiente: * El trabajador que no haya cotizado antes del 1967, no podrá jubilarse voluntariamente de forma anticipada. Sólo podrá hacerlo si se ha quedado en paro y cuando las causas de la pérdida del empleo no sean imputables a él mismo. Además,
sólo podrá jubilarse si tiene 30 años cotizados, en lugar
de 15 como ahora, y 61 años de edad en vez de los 60
actuales. * El trabajador mayor de 52 años que es despedido individualmente (el 90% de los casos), no mejora su situación respecta a la actual desprotección que le lleva al subsidio de desempleo y luego a la pensión mínima. Pese
a que éste era uno de los grandes objetivos de la Propuesta
Sindical conjunta, el acuerdo no establece mejora alguna al
respecto. * Se desequilibra la llamada jubilación flexible hacia el alargamiento de la vida laboral más allá de los 65 años, porque mientras se dificulta la jubilación anticipada, se favorece la permanencia de los trabajadores de más edad, dificultando la incorporación de jóvenes. Recordemos
además que se exigen como condiciones, primero 30 años
cotizados para poder anticiparla, que muy pocos trabajadores
van a poder cumplir en el futuro y, segundo, el haber cesado
en el trabajo por causa no imputable a la libre voluntad del
trabajador. *
Asimismo, en caso de expulsión
prematura del mercado de trabajo sólo se protege a los
trabajadores mayores de 55 años despedidos a través de
un Expediente de Regulación de Empleo y no los restantes
casos de despidos individuales o en pequeñas empresas que
son la inmensa mayoría. El
desarrollo de aquellos compromisos ha deparado todavía
mayor frustración por cuanto: ¨ La obligatoriedad de financiar un convenio especial cuando se trate de expedientes de regulación de empleo que incluya trabajadores de 55 o más años, sólo beneficiará a quienes no tuvieran la condición de mutualistas el 1 de enero de 1967. ¨ A partir de los 61 años de edad corresponde exclusivamente al trabajador las aportaciones al convenio especial, lo que fuerza a la jubilación anticipada de quien no tiene recursos con la consiguiente merma en su pensión. ¨
Del proyecto de Decreto-Ley de que disponemos, se
deduce, además, que las bases de cotización a esos
convenios especiales no se actualizarán en periodos que
pueden alcanzar 10 años, lo cual supone otra merma más
en las expectativas de pensión. En resumen, buena parte de este colectivo de prejubilados contemplados en el Acuerdo, están condenados a percibir una pensión mínima, lo cual no supone avance alguno sobre la situación actual. No
puede haber jubilación flexible, como derecho subjetivo
del trabajador, cuando para adelantarla se exige el previo
despido por parte del empresario. Pero
es que también a través de ese Acuerdo se pone, otra
vez, a la Seguridad Social al servicio del principal objetivo
de la política económica, la reducción del déficit público,
al permitir que la Seguridad Social siga financiando al
Estado por un montante que puede superar más de tres
billones de ptas. durante 12 años, facilitando, de paso, los
instrumentos para otra regresiva reforma fiscal. El
toque de atención de la Comisión Europea al Gobierno español
respecto a la insuficiente dotación prevista para el Fondo
de Reserva, viene a avalar la crítica que hiciera UGT al
Acuerdo de Pensiones de 9 de abril de 2001. Este
argumento cobra especial valor a la luz de la actual situación
de desaceleración económica, dado que el Gobierno sólo
dispondrá en exclusiva de las cuentas de la Seguridad Social
para cuadrar los Presupuestos y cumplir el Pacto de
Estabilidad. Es
evidente que para algunos la única fuente de legitimidad es
llegar a cualquier acuerdo con el Gobierno. Tenemos la misma
legitimidad quienes no estamos dispuestos a comulgar con
ruedas de molino, máxime cuando está en juego el escaso
bienestar social de miles de ciudadanos. ESTADO
RESUMEN DE PENSIONES EN VIGOR EN LA RIOJA EN DICIEMBRE DE
2001
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