09.10.07

ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO SOBRE SINIESTRALIDAD LABORAL

 

Reunión celebrada el 9 de octubre de 2007

Esta mañana se ha procedido a la constitución y primera reunión de la Comisión de Desarrollo y Seguimiento prevista en el ‘Convenio de colaboración entre la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja y los sindicatos UGT y CCOO de La Rioja '.

Tal y como establece la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) y como refleja explícitamente el convenio de colaboración, la Comisión de Seguimiento ha estado integrada por dos miembros de la Fiscalía , y dos miembros por cada uno de los sindicatos mayoritarios de La Rioja , UGT y CCOO.

La Comisión de Seguimiento valora de forma positiva la reciente adhesión del sindicato USO a dicho convenio, lo que permitirá a la organización sindical dar traslado a esta Comisión de los casos o asuntos que entiendan deban tratarse en la misma. Por su parte, la Comisión de Seguimiento ofrecerá a este sindicato sus conclusiones al respecto de los casos presentados. Si bien, el texto del convenio entre Fiscalía, UGT y CCOO es claro en cuanto a la composición de la Comisión de Seguimiento y no contempla nuevos integrantes.

De igual modo, esta Comisión anima a aquellas otras organizaciones sindicales que lo consideren a adherirse al convenio en los mismos términos que la Unión Sindical Obrera.

La Comisión ha procedido a acordar los siguientes puntos:

•  El envío directo por parte de las organizaciones sindical al Fiscal de los casos donde se aprecie grave infracción de la normativa de prevención de riesgos laborales con peligro para los trabajadores, con independencia de la actuación de la Inspección de Trabajo, para que el Fiscal valore la posibilidad de actuar de inmediato para perseguir el posible delito.

•  El envío al Fiscal de los casos de reiteración en la comisión de infracciones en la normativa de prevención de riesgos laborales que hayan originado sanción administrativa, siempre que continúe sin darse solución a la situación por parte de las empresas afectadas.

•  Para valorar si el peligro para la salud de los trabajadores es grave se contará siempre con el informe de los peritos y expertos competentes.

•  La Comisión muestra su preocupación por la situación de la pequeña y mediana empresa ante las carencias detectadas en esta materia.

•  La Comisión asume la necesidad de que la Policía local intervenga en esos posibles delitos cuando en los municipios donde actúen observen casos de ausencia palmaria de medidas de seguridad de los trabajadores, levantando los correspondientes atestados o trasladando la situación a las fuerzas de seguridad del Estado, como ocurre en cualquier otro hecho delictivo.

•  Los miembros de la Comisión coinciden en la necesidad de aumentar la sensibilidad empresarial y de los trabajadores sobre la obligatoriedad de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, siendo una pieza última pero indispensable para ello la intervención punitiva del Estado a través del Fiscal y los Tribunales penales.

 

Logroño, a 9 de octubre de 2007

 

La Comisión de Seguimiento.