ELECCIONES
SINDICALES
2006

Tú puedes ser delegado

Pueden ser elegidos delegados de personal o miembros del Comité de Empresa:

• Los trabajadores que tengan 18 años cumplidos.

• Con una antigüedad en la empresa de, al menos, seis meses (tres en el sector de la constucción).

• No importa la modalidad de contrato: fijos, a tiempo parcial u otros.

Garantías del delegado

No ser despedido ni sancionado (hasta un año después de finalizar su mandato).

Prioridad de permanencia en la empresa en supuestos de reducción de plantilla.

Apertura de “expediente contradictorio” en el caso de sanciones por faltas graves o muy graves, en el que serán oídos aparte del interesado, el comité de empresa o los otros delegados.

Horas mensuales retribuidas para el ejercicio de las funciones de representación:

Competencias

Recibir información sobre situación de producción y ventas; programa de producción y evolución probable del empleo en la empresa; previsiones de nuevos contratos, modalidades de los mismos y supuestos de subcontratación.

Ser informado sobre las contratas y subcontratas de la empresa principal.

Recibir copia básica de los contratos y la notificación de las prórrogas y las denuncias.

Emitir informe con carácter previo a su ejecución por parte del empresario sobre las siguientes cuestiones:

· Reestructuración de plantillas.

· Reducciones de jornada y traslado de instalaciones.

· Planes de formación profesional de la empresa.

· Nuevos sistemas de organización y control del trabajo.

Conocer los modelos de contrato escrito y documentos de finalización de la relación laboral.

Ser informado de todas las sanciones por faltas muy graves.

• Conocer las estadísticas sobre absentismo, accidentabilidad, enfermedades profesionales, estudios del medio ambiente laboral y mecanismos de prevención.

Vigilancia y control del cumplimiento de las normas en materia Seguridad y Salud Laboral.

Informar a los trabajadores.

Tú puedes elegir

El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a elegir representantes en todas las empresas que tengan más de cinco trabajadores

Pueden votar en las elecciones sindicales todos los trabajadores que tengan 16 años, incluidos los extranjeros, que además tengan una antigüedad de 1 mes en la empresa.

 

por cercanía, experiencia y eficacia.

941 24 00 22

cer@larioja.ugt.org


REPRESENTACION

TRABAJADORES
REPRESENTANTES
Hasta 30 1
entre 31 y 49 3
de 50 a 100 5
de 101 a 250 9
de 251 a 500 13
de 501 a 750 17
de 751 a 1000 21
Más de 1000 2 por cada 1000 ó fracción, hasta 75

CREDITO HORARIO *

TRABAJADORES
HORAS
Hasta 100 15
de 101 a 250 20
de 251 a 500 30
de 501 a 750 35
de Más de 751 40

 

*Esta escala puede ser mayor por negociación colectiva.