Acreditación de competencias profesionales

Fecha: 31 May 2021

Imagen sobre la acreditación de competencias profesionales

El Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias profesionales permite obtener una acreditación oficial a partir de la experiencia profesional o de la formación no formal. Tiene como objetivo principal facilitar la empleabilidad y fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida.

UGT te asesora para la acreditación de competencias:

En UGT contamos con un equipo profesional para ayudarte a realizar este trámite.

Llama al 941 24 00 22 o manda un email a formacion@larioja.ugt.org

¿Quién puede acretitarse?

Aquellas personas que tienen experiencia profesional y/o formación relacionada con las cualificaciones que se convocan y carecen de una acreditación oficial que reconozca su competencia profesional.

Requisitos a justificar:

- Poseer nacionalidad española o permiso de residencia o de trabajo.

- Ser mayor de 20 años, o de 18 si se trata de cualificaciones de nivel 1.

- Tener experiencia o formación relacionada con la cualificación solicitada:

  • En el caso de experiencia laboral:

Cualificaciones de nivel 1: 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.

Cualificaciones de nivel 2 y 3: 3 años de experiencia, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud.

  • En el caso de formación:

Cualificaciones nivel 1: 200 horas.

Cualificaciones de nivel 2 y 3: 300 horas de formación, en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud.

En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

Documentación necesaria: 

  • Documento de Identidad del solicitante
  • Curriculum vitae europeo
  • Informe de vida laboral.
  • En el caso de personas trabajadoras por cuenta ajena: contratos de trabajo o certificados de empresa que los justifique.
  • En el caso de personas trabajadoras por cuenta propia, declaración de la actividad desarrollada.
  • En el caso de personas becarias o voluntarias, certificación de la organización.

Inscripciones:

Es preciso disponer de una cuenta de correo electrónico y un número de teléfono a los a los efectos de las comunicaciones derivadas de este procedimiento.

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⇒ Consulta aquí la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, la convocatoria

⇒ Dudas y consultas en la web del Gobierno de La Rioja

 

Fuente: UGT