En España, el Síndrome de Quemarse por el Trabajo ('Burnout') ya está considerado como enfermedad profesional

Fecha: 12 Ene 2022

En mayo de 2019, la Organización Mundial de la Salud (OMS) incluyó en su catálogo de enfermedades profesionales al Síndrome de Quemarse por el Trabajo ('Burnout') y se agrupa en la Clasificación Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (CIE-11). Desde el 1 de enero de 2022, también ha entrado en vigor en España.

El Síndrome de Quemarse por el Trabajo, conocido como Burnout, es “una respuesta al estrés laboral crónico que aparece tras un proceso de reevaluación cognitiva, cuando las estrategias iniciales para afrontar ese estrés no resultan funcionales. Esta respuesta es una variable mediadora entre el estrés percibido y sus consecuencias”.

La sintomatología contiene aspectos físicos (cansancio, tensión muscular...), emocionales (irritación, trastornos depresivos...) y cognitivos (baja autoestima, confusión, desmotivación...) que varían en intensidad dependiendo del nivel de gravedad del síndrome.

Dada la magnitud del problema, sea bienvenida la decisión de incluirla como enfermedad profesional, por supuesto, pero surgen varias cuestiones al respecto:

1ª Han pasado mas de 26 años desde que se aprobó La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y en lo tocante a Riesgos Psicosociales, sabemos que poco se ha hecho. ¿Va a cambiar ahora?

2ª La evaluación de los Riesgos Psicosociales ha tenido poca trascendencia. Donde se ha realizado, salvo casos contados, ni se ha intervenido en la dirección que indicaban sus resultados ni, por supuesto, se ha realizado su evaluación continua.

3ª ¿Cómo vamos a diagnosticar el Síndrome de Quemarse por el Trabajo? ¿Cómo se va a aceptar este diagnóstico?¿Va a servir el (tardío) criterio técnico de la Inspección para que se trabaje en este sentido?

4ª ¿Van a tener cabida otras patologías de índole psicosocial?

Podríamos detenernos en alguna cuestión más, pero desde la UGT creemos que es un paso en la buena dirección y que vamos a dedicar nuestro esfuerzo a que a estos factores de riesgo en el entorno laboral se les dedique la atención en la medida que el problema requiere, tanto en el apartado evaluativo, como en el interventivo.

 

Fuente: UGT