La Justicia da la razón a UGT en sendas sentencias en los ayuntamientos de Haro y de Lardero

Fecha: 23 Dic 2015

En Haro, obliga a respetar el derecho a descanso adecuado en turnos de la Policía Local; en Lardero, ratifica el Acuerdo 2010-2011

 El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño ha vuelto a dar la razón a UGT de La Rioja a través de una sentencia con la que, en esta ocasión, anula un Decreto de Alcaldía de agosto de 2014 y da la razón a un policía local de Haro por incumplimiento de la normativa europea en materia de seguridad y salud. El Decreto fue aprobado por el anterior alcalde, Patricio Capellán, con el objetivo de desestimar la petición de este trabajador a que fuera aplicada la normativa europea en materia de derecho a descanso adecuado en turnos de trabajo y que incumplía, claramente, el calendario laboral impuesto por el propio consistorio.

 

Y así lo ha considerado el Juzgado que no ha observado ninguna justificación válida para incumplir esta Directiva europea, por lo que ha fallado en contra del Ayuntamiento de Haro, anulando el Decreto y obligándole a que compense a este trabajador hasta agosto de 2014 con tres días y tres horas, así como desde agosto de 2014 a diciembre de 2015 con lo que le corresponda por los días que se haya incumplido la normativa.

 

FSP-UGT considera que esta sentencia es extensible a toda la plantilla de la Policía Local y que, por lo tanto, se debe compensar a todos los trabajadores a los que afecta este calendario impuesto por el Consistorio, lo que agrava aún más la falta de personal en la plantilla de Policía Local.

 

Teniendo en cuenta que, además, la sentencia vuelve a condenar a costas al Ayuntamiento de Haro, o lo que es lo mismo, a los jarreros, FSP-UGT recuerda a sus responsables que están obligados a gestionar correctamente los recursos municipales, tanto humanos como técnicos. De lo contrario, seguirán generando costes innecesarios para el municipio y tensiones entre sus trabajadores que tienen que acudir al Juzgado para que resuelva las carencias políticas y técnicas del Consistorio.

 

El caso de Lardero

Por otro lado, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Logroño ha emitido una nueva sentencia acorde con la del personal laboral del Juzgado de lo Social Nº 2, con la que acepta y da la razón a la demanda presentada por UGT contra el acuerdo de pleno del Ayuntamiento de Lardero de 26 de marzo de 2014 por el que se aprobaron unilateralmente las condiciones mínimas de trabajo de los empleados públicos y “anula y deja sin efecto; y declara la vigencia del Acuerdo del personal funcionario del Ayuntamiento de Lardero para los años 2010 – 2011 ... que debe seguir vigente hasta que no se alcance Acuerdo fruto de la negociación colectiva”.

 

En marzo de 2014 el Ayuntamiento de Lardero de forma unilateral declaró nulo el Convenio Colectivo para el personal laboral 2010-2011 y el Acuerdo colectivo para el personal funcionario 2010-2011, suprimiendo derechos acordados en las condiciones de permisos, ayudas sociales y algunas compensaciones no económicas. Por lo que UGT, a través de sus delegados de personal, denunciaron esta actuación del consistorio por considerarla ilegítima al ignorar la normativa básica de negociación colectiva.

 

Se trata de la segunda sentencia contra el ayuntamiento de Lardero a favor de la ultraactividad de los Convenios colectivos, la primera que hace referencia al personal funcionario. Y constituye un gran paso en la restitución de derechos que han perdido los trabajadores públicos a base de la imposición de las corporaciones municipales, amparándose en la Reforma Laboral del Gobierno Popular contraria a la ultraactividad de los convenios y cuya legalidad ha sido muy cuestionada por lo que pocos ayuntamientos se atrevieron a aplicarla (en La Rioja, tan solo los ayuntamientos de Haro y Lardero). Esta sentencia supone el respeto al derecho a la negociación colectiva.

 

En los últimos meses se ha producido un acercamiento entre el Ayuntamiento de Lardero y los representantes de los trabajadores y se está negociando un nuevo Acuerdo- Convenio además de una Valoración de puestos de Trabajo. Este nuevo Acuerdo-convenio que afecta a personal laboral como funcionario deberá pasar por la restitución de los principales derechos vulnerados.

Fuente: UGT