UGT FICA La Rioja celebra el preacuerdo del VII Convenio General de la Construcción y exige a la patronal que pacte ya lo acordado

Fecha: 16 May 2022

UGT FICA La Rioja celebra el preacuerdo del VII Convenio General de la Construcción y exige a la patronal que pacte ya lo acordado

La Federación de Industria, Construcción y Agro (UGT-FICA) de la Rioja celebra el preacuerdo del VII Convenio General de la Construcción y exige a la patronal que pacte como mínimo lo ya acordado el pasado 11 de abril.

Los principales puntos que deben afectar a todos los trabajadores y trabajadoras del sector de la construcción en La Rioja son:

  • El contrato eventual por circunstancias de la producción podrá ser de un año.
  • Se regula la jubilación forzosa.
  • Nuevos contenidos formativos en prevención de riesgos laborales
  • Se reconoce la especialización de los operadores de grúas torres y telescópicas.
  • El pago de los salarios solo podrá realizarse por transferencia bancaria
  • Se acuerda la promoción, en su caso, de un plan de pensiones de empleo sectorial.
  • Incrementos salariales
  • Un 4 % en 2022
  • Un 3 % en 2023
  • Un 3 % en 2024

 

  • Cláusula de revisión salarial que tendrá en cuenta el promedio de los IPC de cada año, y cuyo incremento fijado aumentará las tablas salariales del año 2025.
  • Se acuerda la promoción, en su caso, de un Plan de Pensiones de empleo sectorial una vez se promulgue, y desarrolle, la Ley de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, y se analice por las partes, así como siempre que en su regulación se recojan los incentivos comprometidos por el Gobierno.
  • Se ha establecido un periodo máximo de duración del contrato temporal por circunstancias de la producción de un año, percibiendo la extinción del mismo una indemnización del 7 % calculada sobre los conceptos salariales de las tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato.

 

Fuente: UGT