UGT propone 7 acciones urgentes para frenar la precariedad laboral generada por las reformas laborales

Fecha: 28 Ago 2018

El sindicato considera fundamental modificar cuestiones relacionadas con contratación, jornada, subcontratación, despido y negociación colectiva


La Unión General de Trabajadores reclama cambios normativos urgentes, a corto plazo, para frenar la precariedad laboral, ante la situación que han generado las últimas reformas laborales: elevadas tasas de temporalidad, inestabilidad, bajos salarios, subempleo, nuevas formas de explotación laboral y desempleo.

Las últimas reformas laborales han aumentado la desigualdad y la pobreza y se ha generado una nueva categoría de trabajadores, los trabajadores pobres, que, aun trabajando, ni siquiera pueden afrontar los gastos básicos necesarios para vivir. Cada vez más se ven abocados a aceptar un trabajo a tiempo parcial cuando lo que desean es trabajar a tiempo completo; a considerar inalcanzable un contrato indefinido (indefinido de verdad); a tener unas condiciones de trabajo peores que las de sus compañeros de sector porque su empresa tiene convenio propio; a ser despedido de forma fácil y barata; a ser un eterno becario o a que sus representantes sindicales tengan más difícil la defensa de sus derechos y la mejora de sus condiciones laborales.

UGT considera, como objetivo imprescindible, la derogación de las últimas reformas laborales, y su sustitución por una nueva normativa que, de manera inmediata, cree empleo de calidad y con derechos, aumente la protección de los desempleados y configure un mercado de trabajo digno y productivo.

Estamos en fase de crecimiento económico, las empresas han recuperado los beneficios de antes de la crisis, reparten dividendos como nunca, y tienen expectativas de expansión para los próximos años. Sin embargo, los trabajadores siguen siendo los grandes damnificados, con empleos y salarios de miseria.

Ante esta situación, UGT considera que hay que pasar de las palabras a los hechos y, mientras se produce la derogación de las reformas laborales, resulta fundamental actuar ya en cinco materias fundamentales a corto plazo para no seguir deteriorando las relaciones laborales y lastrar el mercado de trabajo con una gran precariedad

Cinco materias y siete medidas fundamentales a corto plazo

 

En este sentido, UGT propone cinco puntos fundamentales a modificar de manera inmediata para no seguir deteriorando las relaciones laborales y lastrar el mercado de trabajo con una gran precariedad:

1) Contratación: eliminación de todos los contratos creados para incrementar la precariedad. El primero, el mal llamado contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, cuyas condiciones son peores que las de los contratos temporales: por ley, un año de periodo de prueba para que el empresario pueda despedir sin dar explicación ni indemnización.

2) Jornada: necesidad de controlar el tiempo que se trabaja. Se tienen que acabar las prolongaciones de jornada que ni se pagan, ni se cotizan, ni figuran a efecto alguno. En este sentido, es imprescindible establecer la obligatoriedad del registro diario de la jornada, para dejar constancia cada día de cuándo se comienza y cuándo se termina la jornada de trabajo con el fin de controlar e impedir las irregularidades, fraudes y abusos en las horas extraordinarias, tiempo parcial o distribución irregular de la jornada.

3) Subcontratación: la mera aportación de mano de obra, además barata, no puede sustentar la subcontratación de actividades. Es necesaria una nueva regulación exhaustiva de estas formas de organización empresarial, con visión de conjunto, que dote de seguridad jurídica a todos los intervinientes, determine sus responsabilidades, y garantice los derechos y condiciones de trabajo. No puede ser que empresas contratistas o subcontratistas, y las empresas multiservicio, apliquen a sus trabajadores unas condiciones a la baja para competir en precios ante la empresa principal y obtener mayores beneficios.

4) Despido: no se pueden seguir tolerando los despidos sin causa. Ante un despido improcedente (cuando no hay una razón que justifique la decisión del empresario), es el trabajador quien ha de decidir sobre su futuro. La opción entre readmisión o indemnización fuertemente disuasoria debe corresponder al trabajador.

5) Negociación Colectiva: la prioridad aplicativa del convenio de empresa, sobre cualquier otro, implica que puede rebajar las condiciones fijadas en un convenio de ámbito superior. Es necesario que el convenio sectorial recupere su capacidad protectora. Los convenios colectivos deben prolongar su vigencia hasta la firma del siguiente convenio. La ley tiene que establecer la ultraactividad de los convenios colectivos.

 

Además, los trabajadores necesitan a representantes independientes, con autonomía, protección y garantías frente al empresario para defender sus intereses, condiciones que sólo reúnen los representantes legales y sindicales y no las comisiones ad hoc, especialmente en empresas con plantillas reducidas.

Fuente: UGT