Solicitan la derogación del artículo 313.5 que penaliza el derecho de huelga como se infiere de los más de 300 sindicalistas encausados
La Constitución Española configura la huelga como uno de los derechos fundamentales en los que se asienta nuestro Estado social y democrático de derecho; goza del máximo nivel de garantías y vincula a todos los poderes públicos. Y, como tal, resulta paradógico que las organizaciones sindicales se vean obligadas a salir a la calle para recordar su carácter fundamental.